Zonas Económicas Especiales de Exportación
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Son áreas geográficamente delimitadas ubicados en municipios
fronterizos de buenaventura, Cúcuta, Valledupar, Ipiales, dedicados a la
producción de bienes o prestación de servicios con un alto componente
exportador. Cuatro de estas zonas, por estar próximas a las fronteras de
nuestros principales socios en comercio exterior, les da un toque particular
que, podría denominarse un arma de doble filo, que nos puede proporcionar
estabilidad o simplemente una dependencia peligrosa.
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El proceso de Globalización ha tenido diversos niveles de
implantación y de acoplamiento, en los cuales, no todas las zonas geográficas
han tenido las mismas ventajas frente a dicho proceso. Un eslabón creado para
impulsar dicho desarrollo, han sido las Zonas Económicas Especiales de
Exportación, para las cuales se ha decidido tener un tratamiento especial y con
lo cual se busca una optimización de recursos escasos.
Para el aprovechamiento del proceso de cambio, dichas zonas se
han establecido estratégicamente con el fin de impulsar procesos específicos
que las harán entrar y participar en la dinámica economía mundial; en algunos
casos ha sido más provechosa y en otros no tanto.
El Comité de Selección es el órgano interinstitucional que
analiza, estudia, evalúa y emite concepto sobre la elegibilidad de un proyecto
a desarrollar como zona económica especial de exportación. La secretaría
técnica del comité de selección estará a cargo de la Dirección de Impuestos y
Aduanas Nacionales.
Este Comité está conformado así:
Sector Público
· Ministerio de Comercio
Exterior
· Ministerio de Trabajo
· Ministerio de Hacienda
· Departamento Nacional de Planeación
· Alcaldes y Gobernadores de las regiones
· DIAN
· Colciencias
. Sector Privado
· Cámaras de Comercio
· Carces
· Universidades
· Empresarios
Para la Solicitud de la declaratoria de existencia de la zona
económica especial de exportación el usuario deberá presentar su solicitud
acreditando además de los requisitos estipulados.
La duración de estos
proyectos Industriales no pueden ser menor a 5 años ni mayor a 20 años; sin
embargo, los proyectos Industriales Agropecuarios deberán exportar la totalidad
de los bienes obtenidos con dichas materias desde la puesta en marcha de los
respectivos proyectos.
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